jueves, 27 de mayo de 2021

Reportan primera demanda exitosa en virtud del título III de la Ley Helms-Burton.

Tomado de CubaNet.

Fábrica de cemento Carlos Marx, ubicada en Cienfuegos.

Este 20 de mayo, la multinacional de materiales de la construcción LafargeHolcim, con sede en Suiza, llegó a un acuerdo con 20 partes involucradas en una demanda por el uso de una propiedad confiscada por el régimen cubano.

En 2020, un tribunal de Florida había aceptado la demanda contra LafargeHolcim, que incluía una solicitud de indemnización por daños y perjuicios por el valor de 270 millones de dólares, en beneficio de 20 partes cuyas tierras fueron nacionalizadas en Cuba tras la llegada de Fidel Castro al poder.

Los terrenos en disputa pertenecían a la hacienda azucarera Soledad, confiscada en 1960 a la familia Claflin, de Boston. Sobre esa área perteneciente a la provincia de Cienfuegos fue construida la fábrica de cemento Carlos Marx, considerada por la propaganda del régimen como una de las más importantes de América Latina.

La demanda, presentada en virtud del título III de la Ley Helms-Burton, especifica que LafargeHolcim, el tercer productor de cemento a nivel mundial, ha tenido participación en la planta de cemento Carlos Marx desde 2001 a través de una “red compleja de empresas y transacciones”.

En 2000, el entonces ministro de la Industria Básica de Cuba, Marcos Portal, aseguró en una carta que La Habana había aceptado “la oferta presentada por Ibersuizas-Holderbank de establecer una empresa conjunta en la planta Carlos Marx”, reveló el periódico The Miami Herald.

Holderbank es el nombre anterior de LafargeHolcim.

De esta manera, 20 años después de su entrada a Cuba, LafargeHolcim tuvo que llegar a un acuerdo con los antiguos propietarios de los terrenos, lo que se considera la primera demanda exitosa en virtud del título III de la Ley Helms-Burton.

En ese sentido, el sitio especializado en temas de comercio entre Cuba y EE. UU. CubaTrade apuntó que ahora “es poco probable que la Administración Biden-Harris suspenda las demandas del Título III de la Ley Libertad”.

“Con base en los criterios de adjudicación del Título III de la Ley Libertad, la liquidación podría ser un interés anual ya que el activo fue expropiado, más daños triplicados, sumado a honorarios de abogados por un total que podría llegar a US $ 140 millones”, estimó CubaTrade.

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