jueves, 13 de junio de 2019

Inversiones en Cuba: ¿ahora sí?

Por Miriam Leiva.


Resulta improbable que empresarios e inversores se aventuren a establecerse en un país con un pequeño mercado, inseguridad de pago y limitadas ganancias

La inversión extranjera vuelve a ser noticia, no porque se haya logrado un gran acuerdo, sino para atraer a quienes se ha estado dando calabazas. El ministro Malmierca retoma las estrategias de promoción y comunicación.

Un tweet del titular de Comercio Exterior e Inversión Extranjera (MINCEX) afirmaba que los ciudadanos cubanos con residencia permanente en el exterior no están limitados de invertir en la Isla. La Ley 118 de 2014 no establece ninguna limitación respecto al origen del capital, publicado el 31 de mayo.

La ley no señala la ciudadanía u origen, sino que el inversionista tenga el domicilio y el capital en el extranjero, y los recursos que aportará para el negocio sean un flujo de inversión que no tiene su origen en Cuba, explicó  Déborah Rivas Saavedra, directora general de Inversión Extranjera, en una entrevista en Cubadebate, el 7 de junio.

El gobierno desdeñó los reiterados ofrecimientos de empresarios cubanos y cubanoamericanos, nucleados en el Cuba Study Group y otras formaciones, y desaprovechó las posibilidades abiertas por el presidente Obama que elevaron las expectativas por invertir en Cuba. Ellos fomentaron los cursos y los emprendimientos privados, facilitados por la ampliación de los permisos para ejercer el trabajo por cuenta propia, aunque frenados por criterios de no permitir el enriquecimiento, lo que encubría el temor a que la autonomía económica ocasionara la independencia política. Las inversiones directas de la comunidad cubana en el exterior eran vetadas. Sin embargo, se autorizaron las repatriaciones de los cubanos, que llegaban a realizar los trámites e invertían en pequeños negocios usualmente gestionados por parientes y amigos, porque ellos continuaban con la residencia, sobre todo, en Estados Unidos.

Para favorecer los intereses de las autoridades y teniendo en cuenta la existencia de cientos de miles de cubanos con varias ciudadanías, se eliminó la prohibición de doble ciudadanía y la consecuente pérdida de la cubana, contenida en el Artículo 32 de la Constitución de 1976. En cambio, se implementa el Artículo 35 de la Constitución de 2019, que dice: “los ciudadanos cubanos en el territorio nacional se rigen por esa condición, en los términos establecidos por la ley, y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera”. Siempre el gobierno ha obligado a utilizar pasaporte cubano al visitar el archipiélago, con lo cual   determina a quien permite viajar a Cuba,  controla  y cobra por los trámites consulares.

Las medidas restrictivas del presidente Trump y la aplicación total de la Ley Helms-Burton encontraron un terreno fertilizado por la cerrazón, la burocracia y las dilaciones del gobierno cubano hacia la inversión extranjera. Por una parte se reiteraba la necesidad de 2,5 miles de millones de dólares anuales, pues no había ahorros para invertir en industria, agricultura e infraestructura, y por otra se alejaba a los potenciales inversores. Esto ocurría a pesar de la urgencia causada por el declive e inminente pérdida de la asistencia económica de Venezuela.

Según la funcionaria, el proyecto correspondiente a las políticas sectoriales desglosadas en 525 oportunidades de la Cartera de Negocios 2018-2019 es presentado al MINCEX a través de una institución cubana, denominada  patrocinador. Los sectores priorizados son la producción eléctrica con fuentes renovables de energía, las industrias ligera, agroalimentaria, farmacéutica y biotecnológica y el sector de la construcción y el turismo. Hubo propuestas de inversión hechas por cubanos residentes en el extranjero, algunas no han prosperado por estar orientadas a actividades  no  comprendidas en las políticas sectoriales, y otras se encuentran en proceso de negociación y en preparación para presentarse a aprobación, dijo. Esto puede interpretarse como que, de momento, el gobierno cubano no las ha tenido en cuenta.

Los cubanos residentes dentro de las fronteras no han podido realizar inversiones en el marco de la Cartera de Oportunidades, por tanto, son discriminados respecto a los extranjeros. La señora Rivas trató de contrarrestar el hecho con que las personas naturales o jurídicas cubanas que residen permanentemente en el país y que cuentan con inversiones (TCP o cooperativas, fundamentalmente) y/o aquellos cubanos que salen temporalmente al exterior, ya sea a trabajar o de vacaciones, e ingresan capital por esa vía y lo invierten en sus negocios en Cuba, son considerados inversionistas nacionales, lo que se hace mediante las normas aprobadas para estas personas naturales o jurídicas.

Esas normas solamente permiten 123 actividades como carpintero, arrendador de habitaciones, propietario de restaurantes-cafeterías (paladares). La legislación es muy detallada para ejercer un férreo control sobre el desempeño y las utilidades. El ejercicio de profesiones como médico, ingeniero, abogado o técnico medio no está permitida, pero muchísimos desde hace decenios tienen que emplearse como choferes y sirvientes para compensar los bajos salarios pagados por el Estado, su único empleador, u optar por salir al exterior, ya sea mediante el misiones del gobierno o afrontando las vicisitudes del emigrante.

La funcionaria negó que se estuviera retomando el tema, sino que siempre ha estado presente desde que se aprobó la  Política para la Inversión Extranjera en el año 2013.

La carencia de liquidez y la pérdida paulatina de Venezuela no resultó suficiente para convencer a los inmovilistas de realizar la apertura controlada. Ahora, resulta muy improbable que empresarios se aventuren a establecerse en un país con un pequeño mercado, inseguridad de pago, limitadas ganancias y amenazados de ser penalizados por Trump. La baza de producir para exportar no tiene compensaciones suficientes.
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