Recientemente, el empresario cubanoamericano Carlos Saladrigas expresó, en un evento organizado por la Fundación Konrad Adenauer y en una posterior entrevista, que en los próximos 24 meses debería aprobarse en Cuba una ley de inversiones, sin el calificativo de "extranjera". Para el cofundador del Cuba Study Group: "la tasa de inversión es muy baja, no se puede sostener un crecimiento económico sin inversión".
Aunque provengan de personas seguramente con distintas motivaciones, estas declaraciones reflejan la imperiosa necesidad de inversiones que tiene la maltrecha economía cubana. Una economía que hoy recibe importantes subsidios desde Venezuela, pero sin un marco general atractivo al capital extranjero ni un tejido empresarial nacional libre, eficiente y competitivo. Con la bondad bolivariana o sin ella, la economía cubana siempre estará en vilo por ser ineficiente. Y es que entre recibir dinero y crear riqueza existen sustanciales diferencias.
En un contexto como el actual debemos preguntarnos si en realidad la economía cubana necesita una nueva ley de inversiones extranjeras o si debería intentarse otro camino para fomentar las inversiones.
En los años 80 y 90 varios estados iberoamericanos promulgaron leyes de inversiones extranjeras, entre otras razones para emitir una imagen de apertura y seguridad jurídica al capital foráneo, tan temeroso de la larga trayectoria latinoamericana en el campo de las expropiaciones, nacionalizaciones y confiscaciones, pero a la vez para establecer un manto restrictivo o de reserva nacional sobre algunas actividades que no serían susceptibles de recibir capital extranjero. En la actualidad, la tendencia de los estados normales que mantienen estas leyes es a dejarlas lo más ligeras posible, reduciendo las restricciones internas a la entrada de capitales, cumpliendo así, con la amplia gama de convenios internacionales que en esta materia han firmado. Otros las han derogado, dejando para otras normas específicas la regulación de cuestiones como: incentivos fiscales, criterios cambiarios, repatriación de dividendos, licitaciones y contrataciones públicas, permisos de extranjería para los técnicos, entre otras.
El Gobierno cubano ha firmado importantes convenios internacionales en materia de inversiones. Por ejemplo, Cuba ha suscrito Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI) con 62 estados. Pero el principal problema no pareciera estar en la ausencia de normas o de garantías sobre el papel, sino en otros asuntos, a saber: la percepción de inseguridad jurídica, la presencia o control estatal en la estructura accionarial de las empresas, la opacidad sobre los indicadores económicos nacionales, las dificultades de los inversores para repatriar las ganancias por la falta de liquidez en divisas y el pobre desempeño de la economía en general. Es un problema de credibilidad, competitividad, productividad y dinamismo del mercado. A lo que podríamos agregar que a muchos empresarios extranjeros no les agrada, por razones éticas o por lo que ello podría representar ante un eventual cambio político, invertir en un país donde no se le respeta ese y otros derechos económicos a los nacionales.
Puede que Cuba necesite una nueva ley de inversiones, inclusive una que no tenga el apelativo de "extranjera" que incluye la actual, pero no podemos negar el contrasentido y la tomadura de pelo desde el punto de vista político, que encierra el hecho de que se proclame el derecho de los extranjeros o de los cubanos (todavía por ver) a invertir, si antes no se aprueba el derecho pleno de los ciudadanos a la propiedad privada. Este es un derecho de partida, por así decirlo.
Podríamos simplificarlo todo y plantearnos lo verdaderamente importante y urgente para fomentar las inversiones: el pleno derecho a la propiedad privada y a la libre iniciativa económica.
Lejos del mercado cautivo actual, el mejor escenario para los inversores extranjeros y para los cubanos es el precedido por la instauración de la propiedad privada y la libre iniciativa económica en igualdad para todos. Un marco que permita a las personas naturales y jurídicas tener la propiedad sobre bienes muebles e inmuebles, con las consecuencias que de este derecho se desprenden, principalmente, la libre disposición del bien, que posibilita, según sea el caso, derecho a consumirlo, utilizarlo para generar ingresos, alquilarlo, venderlo, hipotecarlo, donarlo o dejarlo en herencia.
Lejos también del efectismo actual, las reformas jurídicas y económicas pro-inversiones podrían comenzar por aquí:
- reformar la Constitución para introducir el derecho pleno a la propiedad privada.
- modificar o elaborar nuevos códigos mercantil y civil, que recojan y regulen en estos dos ámbitos las consecuencias de esa nueva realidad económica y constitucional. Por ejemplo, que ofrezcan un marco amplio, moderno y respetuoso de la libre voluntad de las partes en la esfera de obligaciones y contratos civiles y mercantiles (compraventas, hipotecas, joint ventures, etc).
- promulgar una ley de sociedades mercantiles, que posibilite la creación y funcionamiento, así como la venta, fusión o disolución de sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, entre otras.
- crear o modernizar, según sea el caso, los registros mercantiles y de la propiedad (se ha avanzado significativamente en el ámbito registral de patentes y marcas). Modernizar y reforzar la red de notarios públicos.
- establecer un marco legal para la existencia de un sistema bancario libre que pueda prestar a privados y empresas para sus proyectos de inversiones.
- permitir la existencia de un mercado de valores que posibilite la financiación de las empresas mediante la venta de acciones o la emisión de bonos.
- reformar el sistema de derecho administrativo que regule de manera efectiva y siguiendo los principios de publicidad, no discriminación por razón de nacionalidad, libre concurrencia y trasparencia, todos los procesos de licitaciones, concesiones y contrataciones públicas.
- ampliar más la red de convenios bilaterales suscritos por Cuba en materia de inversiones, alcanzando a un mayor número de países desarrollados.
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